Delitos informáticos

 

Sus peligros!

Es una acción antijurídica que se realiza en el entorno digital, espacio digital o de Internet. Ante el gran uso de las nuevas tecnologías en todas las esferas de la vida (economía, cultura, industria, ciencia, educación, información, comunicación, etc.) y el creciente número de usuarios, consecuencia de la globalización digital de la sociedad, la delincuencia también se ha expandido a esa dimensión.

Los delitos informáticos son actividades ilícitas o antijurídicas que:

  • Suceden con el uso de entornos digitales, redes, blockchain, computadoras, sistemas informáticos u otros dispositivos de las nuevas tecnologías de información y comunicación.
  • Tienen por objeto causar daños, provocar pérdidas o impedir el uso de sistemas informáticos (delitos informáticos).

TIPOS
Delitos informáticos contra la integridad sexual

El Código Penal sanciona las siguientes conductas:

  • producir, financiar, ofrecer, comerciar, publicar, facilitar, divulgar o distribuir cualquier representación de una persona menor de 18 años dedicada a actividades sexuales explícitas o de sus partes genitales;

  • tener representaciones de personas menores de edad de actividades sexuales explícitas o de sus partes genitales para distribuirlas o comercializarlas.

También sanciona el ciberacoso a personas menores de edad (grooming).Este delito consiste en tomar contacto con una persona menor de edad a través de medios de comunicación electrónica (redes, mail, chat, etc.) para cometer alguno de los delitos contra su integridad sexual.

Delitos informáticos contra la libertad

El Código Penal sanciona las siguientes conductas:

  • acceder, apoderarse, suprimir o desviar una comunicación electrónica que no le esté dirigida; la pena es mayor si el contenido de la comunicación electrónica se publica;

  • acceder ilegítimamente a un sistema o dato informático de acceso restringido.

  • publicar indebidamente una comunicación electrónica no destinada a la publicidad cuando esto cause perjuicio a otros. No tiene responsabilidad penal el que actúa para proteger un interés público;

  • revelar documentos informáticos oficiales que por ley deben ser secretos;

  • acceder de manera ilegítima a bancos de datos personales, revelando información o insertando datos en un archivo de datos personales. Si el autor es funcionario público, sufre además pena de inhabilitación.





Comentarios

Entradas populares de este blog

Principales puntos de la ley de Habeas Data

6 conceptos sobre el tema